Fuimos a cenar a Tuluméi Pinamar con mi perro de servicio y la experiencia dejó mucho que desear. A pesar de explicar claramente que no es una mascota sino un perro de asistencia, y de que la ley le garantiza acceso a espacios públicos y de uso público, el personal siguió sin entenderlo y trató la situación como si se tratara de un animal común. La noche estaba hermosa y preferí no discutir, así que terminamos sentándonos afuera, pero eso no cambia lo ocurrido: fue un acto de discriminación y una falta de conocimiento de derechos básicos.
Qué leyes/normas podés mencionar:
* Ley Nacional 26.858: reconoce el derecho de acceso, deambulación y permanencia en lugares públicos y privados de acceso público para personas con discapacidad acompañadas por un perro guía o de asistencia, incluyendo establecimientos gastronómicos. También establece que impedir u obstruir ese derecho puede ser sancionado.
* Ley Provincial 15.409 de Buenos Aires: garantiza el acceso, deambulación y permanencia con perros de asistencia en espacios públicos o de uso público y deja claro que esto prevalece sobre cualquier regla interna de "derecho de admisión" o prohibición general de animales. También considera infracción grave impedir ese acceso en espacios privados de acceso público y muy grave si el lugar es de titularidad pública. read more